La Privatización del Sector Público

J. J. Fernández Cainzo hace ya 12 años relataba una breve historia de este fenómeno económico y decía que la privatización se estaba presentando con tres ropajes distintos:

  1. transferencias de activos al sector privado,
  2. desregulación de monopolios legales y
  3. concesión de franquicias o contrataciones externas1.

No hay que olvidar que en muchos  casos la privatización  de la gestión de servicios públicos (Entes y Sociedades públicas en igualdad con los privados) son bonitos vestidos de pasarela que esconden la permanencia de la producción y provisión de bienes y servicios dentro del Sector Público.

La corriente privatizadora persigue eliminar o reducir la politización de la economía representada por el Sector Público y controlarlo para impedir los daños que causa el libre desenvolvimiento de los mercados; trata de luchar contra el poder burocrático de los gestores del Presupuesto, que siempre tienen motivos para la expansión del Gasto Público y contra el poder de los sindicatos públicos que favorecen las reivindicaciones de los funcionarios2.

En muchos ambientes la "privatización" era la palabra de moda, pero como vemos su significado es doble:

Por un lado encarna los movimientos tendentes a la devolución del protagonismo de la sociedad civil, perdidos en años anteriores de euforia intervencionista, cuando divulgaban las ideas de que el servicio público, el bien público y el bien preferente debían ser producidos por Entes Públicos; en este caso se entiende por privatización:

  1. la derogación de normas intervencionistas en los mercados (precios autorizados, contratación laboral, tipos de interés, etc.),
  2. la enajenación total o parcial de la propiedad de las empresas públicas
  3. la abstención del Sector Público en la producción de bienes y servicios que la sociedad civil puede efectuar por si misma a través de las empresas, las fundaciones, las asociaciones, los clubes, etc.

Por otro lado se concibe como una forma de aprendizaje o de aprehensión de las fórmulas de gestión privadas, escondiendo bajo este disfraz la supervivencia de una casta de burócratas que ven peligrar su poder y su dominio social. En estos ambientes se utiliza  como muro de contención del Sector Público, lanzando la idea de que el "quid" de la cuestión no está en ser público o privado sino en ser eficiente o no. En estos ambientes aparece como privatización:

  1. el conjunto de fórmulas utilizadas en la gestión privada de servicios públicos  (concesiones, arrendamientos, conciertos, etc.),
  2. la creación de personas jurídicas públicas que ajustan su actuación a las leyes civiles (Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), Radiotelevisión española (RTVE), RENFE, Instituto de Crédito Oficial (ICO), Canal Isabel II de Madrid, Ente Vasco de la Energía, Instituto Catalán de la Salud, etc., etc.),
  3. la creación de sociedades mercantiles cuyo único objeto social es la prestación  de un servicio público (Empresa municipal de limpieza, Empresa municipal de aguas, etc. etc.),
  4. la utilización de técnicas gerenciales privadas por las propias Administraciones Públicas (Técnica PERT, Administración Por Objetivos (APO),  Planificación estratégica, Marketing, etc.),
  5. la utilización del presupuesto como fórmula estimativa al igual que las empresas privadas, en vez de ser un límite cierto al gasto público; son tantas las formas de modificarlo (transferencias entre programas, incorporaciones de crédito del ejercicio anterior, créditos considerados ampliables, suplementos de créditos, créditos extraordinarios, etc.) que el presupuesto inicialmente aprobado es papel mojado; por ejemplo: en la ley reguladora de la hacienda de una Comunidad Autónoma, "de cuyo nombre no quiero acordarme", se pueden contabilizar 30 formas de modificar el Presupuesto aprobado por el Parlamento autonómico,
  6. la utilización de mecanismos privados de financiación de los servicios que presta la Administración (los llamados precios públicos que son verdaderos sustitutos de tasas e impuestos),
  7. utilización de sociedades mercantiles mixtas para que el capital privado aporte financiación, de sociedades mercantiles interadministrativas cuyos únicos socios son Administraciones Públicas, de Consorcios y Fundaciones privadas para prestar algún tipo de servicio público que en otros lugares lo efectúan las propias Administraciones.

1.- J.J. Fernández Cainzo, “Privatización ¿solución o filosofía económica?, artículo publicado en la revista de Hacienda Pública española en 1994.
2.- J.J. Fernández Cainzo, artículo citado en la nota anterior

 
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©2006. Lorenzo Alonso